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NORMAS DE UTILIZACION
SEGURO DEPORTIVO

Normativa del Seguro Medico FBM

Quironsalud Alcala de Henares se traslada el 17 mayo al Centro Médico Quironsalud Valle del Henares C/Republica Dominicana 6,PI El Olivar

A partir de la temporada 2012/2013, en cumplimiento de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre del deporte de la Comunidad de Madrid, y del Real Decreto 849/1993, de 4 de junio,  por el que se determinan las prestaciones mínimas del seguro obligatorio deportivo de todos los deportistas federados, la Federación de Baloncesto de Madrid mediante póliza  suscrita  con la compañía ASISA cubrirá los accidentes deportivos de los jugadores, entrenadores y asistentes de equipo de todas las categorías federadas, así como de todos los árbitros y auxiliares de mesa.

 

Por tanto en caso de Accidente Deportivo se debe actuar de la siguiente manera:

El deportista lesionado deberá ponerse en contacto con su Club o con la Federación y comunicar su accidente para que le indiquen si su afiliación es correcta y facilitarle el preceptivo Cheque de ASISA, cuyo coste son 3 euros, informándole del Centro Médico Concertado al que puede acudir. 

Los Centros Médicos Concertados atenderán a todo lesionado que se presente con el correspondiente Cheque de ASISA acompañado de su licencia deportiva.

En aquellos casos que se acuda por urgencia (entrenamientos o partidos donde un deportista se lesiona y se considere que debe acudir inmediatamente a un Centro Médico Concertado), si el deportista accidentado se presentara en un Centro Médico Concertado, sin el mencionado Cheque de ASISA, podrán exigirle el pago o compromiso de pago de los gastos ocasionados, debiendo remitir en el plazo de las 72 horas siguientes al centro médico en el que fue atendido, el correspondiente Cheque de ASISA facilitado por la Federación. Además será necesario acudir acompañado de la licencia de dicho deportista.  A la hora de contar dicho plazo de 72 horas no se tendrán en cuenta los sábados, domingos ni festivos.

 

Para evitar problemas, aquí tenéis un pequeño resumen que será de ayuda para una correcta utilización del correspondiente Seguro Deportivo:

• Nunca hay que ir a un Hospital no concertado con el Seguro Deportivo.

• Si se acude a un Hospital Concertado y por cualquier motivo no atienden al lesionado, habrá que acudir a otro hospital también concertado. No sirve alegar que estaba cerrado o que no hubiera un cirujano o médico que atendiera al lesionado en el primer centro al que se acudió y que por ese motivo se solicitó la atención médica en otro hospital no concertado.​

• Sólo en caso de urgencia vital (que peligre la vida del deportista) se podrá acudir a cualquier hospital. No se considera urgencia vital, por muy angustiados que puedan estar los familiares: la rotura de un brazo, de una pierna; la dislocación de un hombro; una brecha en una ceja aunque esté sangrando, etc. Las compañías de seguro piden el informe médico para determinar los casos de urgencia vital y todos estos casos no se han considerado como tal.

• Nunca se acudirá a urgencias de la Seguridad Social en calidad de Federado para evitar problemas entre los seguros que se traducen en molestias para el accidentado y al final en asumir el gasto de esa urgencia.

 

• En el caso de ASISA hay un teléfono para llamar a sus ambulancias si fuera necesario. Ambulancias de ASISA: 900 900 118. Las ambulancias que no son de ASISA no te llevan a los Centros Concertados y además facturan por sus servicios.

 

 Existe un teléfono de ASISA de atención telefónica las 24 horas, que es el 91 991 24 40.

  • El teléfono de la Federación de Baloncesto de Madrid para estos casos es el 915710014 en horario de oficina de lunes a viernes (de 9,30 a 14 y de 16 a 19).

  • El número de póliza es 900087 a nombre de la Federación de baloncesto de Madrid.

  • Los intermediarios entre los padres, los jugadores y la Federación, son los Clubs, que son los encargados de facilitar toda la información necesaria al respecto. Es necesario que todas las personas del club tengan conocimiento de dichas normas de utilización del Seguro Deportivo para evitar equivocaciones, con las molestias y perjuicios económicos que eso conlleva.

  • El Seguro Deportivo no cubre las lesiones degenerativas, las patologías crónicas, ni las lesiones preexistentes a la contratación de la póliza. Por tanto no quedan cubiertas las hernias de cualquier clase incluida la discal, la osteopatía de pubis, la condromalacia rotuliana, la bursitis, fascitis plantar, etc. Tampoco están incluidas las infiltraciones en general.

  • En caso de rehabilitación es necesario acudir a las oficinas de ASISA para que autoricen 15 sesiones, previa presentación de 1 cheque de ASISA, de la petición del traumatólogo, declaración del club, fotocopia de la licencia y del acta del partido en su caso. Se puede solicitar en esta dirección de email deportivas.madrid@asisa.es

  • En caso de resonancia o cualquier tipo de operación es necesario acudir a las oficinas de ASISA para que lo autoricen, previa presentación de 1 cheque de ASISA, de la petición del traumatólogo, declaración del club, fotocopia de la licencia y del acta del partido en su caso. Se puede solicitar en esta dirección de email deportivas.madrid@asisa.es

  • La recuperación funcional o rehabilitación del deportista lesionado será cubierta por ASISA hasta un máximo de 18 meses desde la fecha del accidente.

  • Un jugador lesionado que está en tratamiento (rehabilitación, pruebas diagnósticas, visitas médicas) no puede volver a jugar ni a entrenar hasta que el traumatólogo le dé el alta correspondiente para reiniciar la práctica deportiva. En caso contrario ASISA puede llegar a suspenderle dicho tratamiento

Para las visitas de traumatología, los Centros Médicos Concertados con ASISA serán los relacionados en el listado que aparece más abajo y deberán ser utilizados obligatoriamente por aquellos deportistas lesionados que deseen recibir las prestaciones del Seguro Deportivo. Para las visitas de cualquier otra especialidad distinta a la de traumatología será necesario acudir a la Clínica Moncloa y obtener la autorización previa en las oficinas de ASISA.

Lesiones Odontológicas

El lesionado acudirá a un dentista concertado con ASISA y una vez finalizado el tratamiento abonará la factura correspondiente cuyo original, junto con la documentación que le facilite el Club o la Federación de Baloncesto de Madrid deberá remitir a las oficinas de ASISA para reclamar el pago de dicha factura. ASISA cubrirá hasta un máximo de 240 euros, por lesiones en la boca motivadas por accidente deportivo, siempre que sea prescrito por un facultativo del cuadro médico de ASISA.

Normativa del Seguro Medico CDM

1.- PROGRAMA Y PARTICIPACIÓN

1.1.- ¿Qué deportistas pueden participar en estas competiciones? La competición del Deporte Infantil está abierta a deportistas, agrupaciones deportivas, clubes, centros escolares, asociaciones y demás entidades en el ámbito geográfico de la Comunidad de Madrid.

 

1.2.- ¿Cuáles son los ámbitos de esta competición? La Serie Básica: en la que participan los deportistas que están en posesión de la Licencia del Deporte Infantil, y juegan en las competiciones municipales de la Comunidad de Madrid. A efectos de organización y participación, está dividida en 4 Zonas, las cuales a su vez se componen de 4 Áreas, resultando un total de 16 Áreas de competición y juego

 

1.3.- ¿Qué fases tiene esta competición? Fases Locales y de Área: que se desarrollan en el ámbito municipal o entre diversos municipios. Fases Zonales: que se celebran en cada una de las 4 zonas, entre los clasificados de cada área aunque, según las características de algunas modalidades deportivas, se puede participar libremente. Fases Finales: en las que compiten los primeros deportistas y equipos de cada zona al clasificarse en la competición zonal.

 

1.4.- ¿Qué deportistas pueden beneficiarse de este seguro? Conforman el colectivo asegurado, la totalidad de deportistas que participen en las actividades o competiciones deportivas que más adelante se detallan, cuyas edades estén comprendidas entre los 6 años y los 18 años, al inicio de la actividad o competición de que se trate.

 

2.- ASISTENCIA PRIMARIA

 

2.1.- ¿Cómo es la asistencia primaria en caso de lesión? La Comunidad de Madrid cubre a los participantes la atención médica de los accidentes deportivos surgidos en el desarrollo del programa, a través de los Centros Asistenciales del Sistema Público de Salud.

 

2.2.- ¿Dónde acudir en caso de lesión? Al Centro de Asistencia más cercano al lugar del accidente: ambulatorio, urgencias, hospital; en función de la gravedad de la lesión.

 

2.3.- ¿Qué documentos se tienen que llevar? La licencia de deporte escolar y el D.N.I. si lo tuviera.

 

2.4.- ¿Cuándo finaliza la atención primaria? Cuando el facultativo que ha atendido al deportista le dé el alta médica.

 

3.- ASISTENCIA SECUNDARIA

 

3.1.- ¿Qué es la asistencia secundaria? La Comunidad de Madrid tiene contratada una póliza de seguro para la cobertura de las indemnizaciones a los participantes, que recoge las prestaciones mínimas legales del seguro obligatorio deportivo. Los Servicios Deportivos Municipales, o en su caso los Ayuntamientos, serán los responsables de la cobertura de los riesgos no contemplados, así como de comprobar que los datos reflejados en la licencia son fidedignos.

 

3.2.- ¿En qué casos se puede acudir a este seguro? Siempre que en un accidente deportivo ocurrido dentro de las competiciones de Deporte Infantil hiciese falta una prestación que no estuviese cubierta por el Sistema Público de Salud.

3.3.- ¿Cuáles son las prestaciones de esa póliza? POLIZA Nº 213060 - Los gastos originados por rehabilitación durante el período de dieciocho meses desde la fecha del accidente. - Indemnizaciones por pérdidas anatómicas o funcionales motivadas por accidente deportivo, con un mínimo, para los grandes inválidos (tetraplejia), de 12.020,24 €. - Auxilio al fallecimiento, cuando éste se produzca como consecuencia de accidente en la práctica deportiva, por un importe no inferior a 6.010,12 €.(3.005,06 € para menores de 14 años en concepto de gastos de sepelio) - Gastos originados por la adquisición de material ortopédico para la curación de un accidente deportivo (no prevención), por un importe mínimo del 70% del precio de venta al público del mencionado material ortopédico. - Gastos originados en odonto-estomatología, por lesiones en la boca motivadas por accidente deportivo. Estos gastos serán cubiertos hasta 240 €. - Asistencia médica en los centros o facultativos concertados en todas las provincias del territorio nacional. - Libre elección de centros y facultativos concertados en toda España.

 

3.4.- ¿Cómo se tramitan los partes de lesión de este seguro? El deportista deberá acudir a su centro deportivo municipal donde le acreditarán la fecha de su inscripción en el programa y la especialidad deportiva en la que participa. Posteriormente, y una vez verificado su derecho a la prestación, los responsables deportivos de su municipio le facilitarán las instrucciones y pasos necesarios para recibir la asistencia que pudiera precisar.

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